API-4 Sector 1 / Área 4 «Las Camachas NorOeste-Norte».

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Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes (B.O.C.M. Núm. 205, de 30 de agosto de 1999)

RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 1999, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se hace público acuerdo relativo al Plan Parcial de Ordenación del Sector 1 “Las Camachas Noroeste-norte”, del área de Reparto número 4, del Suelo Urbanizable de Moralzarzal, promovido por el Ayuntamiento de Moralzarzal (Ac. 265/99).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 27 de julio de 1999, examinó el expediente relativo al Plan Parcial de Ordenación del Sector 1 “Las Camachas Noroeste-Norte”, del Área de Reparto número 4, del suelo Urbanizable de Moralzarzal.

Examinado dicho expediente y de conformidad con lo informado por la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, y la propuesta de dicha Dirección General, sometidos a su consideración, que obran en el expediente de su razón, la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptó acuerdo con la siguiente fundamentación:

I. El expediente de referencia consta de los antecedentes que a continuación se relacionan:

1.- Con fecha 26 de agosto de 1998, el Ayuntamiento aprobó inicialmente el cambio de sistema de actuación del Sector (de compensación a cooperación), notificándose a los propietarios y publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el diario “El País”, con fecha 10 de septiembre, sin alegación alguna, y en su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, en Sesión celebrada en fecha 15 de octubre de 1998 aprobó definitivamente el cambio de sistema de actuación que, notificado a los interesados sin producirse recurso alguno, ha devenido firme.

2.- Con fecha 4 de marzo de 1999, por el Señor Concejal Delegado de Urbanismo y en virtud de competencias delegadas por Alcaldía, por Decreto de 20 de junio de 1995, se efectúa la aprobación inicial del Plan Parcial de referencia, notificándose a los propietarios, con fecha de 5 de marzo de 1999.

3.-  El anuncio de exposición pública del expediente se inserta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 11 de marzo de 1999, y en el diario “El País”, edición Madrid, de la misma fecha, finalizando el plazo de exposición pública el 12 de abril, presentando alegación en el Registro General del Ayuntamiento uno de los propietario afectados, don Francisco Javier Gordillo Alhambra, quien muestra su disconformidad con la superficie de la parcela Prado Pozo, de su propiedad, incluida en el ámbito, adjuntando  medición pericial contradictoria a la efectuada por el Ayuntamiento, alegación que es informada favorablemente por los Servicios Técnicos Municipales, siendo notificado el alegante de tal extremo, mediante escrito de fecha 15 de marzo de 1999.

4.- El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 13 de abril de 1999, por mayoría absoluta legal del número de miembros de la Corporación, acuerda aprobar provisionalmente el expediente, incluyendo la estimación de la alegación citada.

5.- El expediente fue remitido a la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes mediante escrito de 17 de mayo de 1999, a los efectos de su aprobación definitiva, por el órgano urbanístico competente.

II. Respecto al objeto y contenido del presente Plan Parcial procede señalar cuanto sigue:

El Sector 1 “Las Camachas Noroeste-Norte”, del área de reparto número 4, tiene una superficie de 25.233 m2 y está situado en el borde Noroeste del núcleo urbano de Moralzarzal en el pie del Monte del Telégrafo o ladera de Matarrubia.

Es colindante al Suroeste con el Sector 4 del Área de reparto número 4, al Oeste con Suelo No Urbanizable, el resto son suelos urbanos y el Sector 3 del Área de Reparto 4 al Este.

El Sector tiene adscrito el Sistema General exterior de 526 m2, una parte del Sistema General número 5.

El Sector tiene capacidad para 50 viviendas unifamiliares, 12 en tipología agrupada y 38 pareadas.

La edificabilidad lucrativa total es de 10.965 m2 equivalentes a 11.355 u.a., resultando un aprovechamiento tipo de 0,45 u.a./m2.

El Sector se ordena como pieza de remate entre áreas consolidadas. Dos calles paralelas dan continuidad a las calles a las calles del Sector 4 al Sur y las conectan con la calle Las Camachas al Este. En estas se localizan las parcelas residenciales, situando en el borde Noroeste la reserva para espacio libres públicos y la parcela dotacional.

La distribución de usos es la siguiente:

  • Residencial unifamiliar agrupado: 3.930 m2
  • Residencial unifamiliar pareado: 11.243 m2
  • Espacios libres públicos: 3.499 m2
  • Dotacional: 2.591 m2
  • Servicios Urbanos: 75 m2
  • Red Viaria: 3.896 m2

El Plan Parcial establece los siguientes plazos para su desarrollo y ejecución:

  • Desde su aprobación definitiva: Dos meses para la presentación del Proyecto de Reparcelación y del Proyecto de Urbanización.
  • A partir de la aprobación del Proyecto de Reparcelación y del Proyecto de Urbanización y a partir de la adjudicación de las obras de urbanización: dieciocho meses para la ejecución de la urbanización en una única etapa.

A solicitud del propietario mayoritario del Sector el Ayuntamiento ha tramitado y aprobado definitivamente el cambio del Sistema de Actuación. El planeamiento vigente establece el sistema de compensación y ha sido sustituido por el de cooperación.

III. En cuanto al análisis y valoración de la propuesta de Ordenación efectuada, se señala que:

  • La delimitación del Sector se ajusta a la señalada por el planeamiento vigente, no obstante, la superficie asignada de 2,4315 Has. no se ajusta a la superficie resultante de la medición topográfica (2,5233 Has.). La diferencia (918 m2) representa el 3,6 por 100 de la superficie del Sector, lo que está, según las Normas de Interpretación de las Normas Subsidiarias, dentro del margen de tolerancia permitido.
  • El Plan Parcial reajusta las condiciones de aprovechamiento urbanístico del planeamiento general a la superficie de la medición topográfica. Se mantiene los parámetros básicos de ordenación:
  • Densidad de vivienda: 20 viv/Ha
  • Aprovechamiento tipo: 0,45 u.a./m2
  • Espacios libres públicos: 12 por 100 de la superficie del Sector.
  • Dotaciones: 44 m2/vivienda
  Planeamiento vigente Plan Parcial
Número máximo de viviendas  ………………….        50 50
Aprovechamiento lucrativo (u.a.) ………………           11.355            11.355
Espacios Libres Públicos (m2) …………….………   3.028              3.499
Dotacional (m2) ……………………….…………………   2.200              2.591

 

El Plan Parcial cumple con las determinaciones del planeamiento vigente y con las reservas para dotaciones del Reglamento de Planeamiento.

La documentación presentada es completa y ajustada a la legislación vigente, asimismo cumple en cuanto a su objeto y determinaciones, lo dispuesto en los artículos 43 y 45, respectivamente, del Reglamento de Planeamiento.

En definitiva, el Plan Parcial presentado se considera técnica y documentalmente correcto por lo que se estima que no existe inconveniente en proceder a su aprobación definitiva.

IV. En las actuaciones administrativa seguidas se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 138, en relación con los artículos 127 a 130 y 132 a 134 del Reglamento de Planeamiento.

De otra parte, de conformidad con los dispuesto en el artículo 47.3 b) de la Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de esta Comunidad, corresponde a la Comisión de Urbanismo de Madrid la competencia para resolver el presente expediente.

En virtud de la fundamentación expuesta, la Comisión de Urbanismo de Madrid,

ACORDÓ

Primero.-

Aprobar definitivamente el Plan Parcial de Ordenación Sector 1 “Las Camachas Noroeste-Norte”, del Área de Reparto número 4, del Suelo Urbanizable de Moralzarzal.

Segundo.-

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, o en su caso, publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 18 de agosto de 1999.- El Secretario General Técnico, P.D. (Resolución de 17 de marzo de 1997), la Jefa del Servicio de Actuación Administrativa y Desarrollo Normativo, Isabel Barona Villalba.

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